DÍAS Y HORARIOS:
DE LUNES A VIERNES DE 18:00 A 22:00
PERFIL PROFESIONAL
COMPETENCIA GENERAL
El Técnico Superior en Seguridad e Higiene en el Trabajo es un profesional competente para la organización, la planificación y organización de actividades, el diseño, la gestión de los recursos de los servicios, la evaluación y control y la capacitación en aspectos inherentes a la higiene y seguridad en el trabajo.
Puede diseñar, inspeccionar y controlar equipos y elementos de protección personal y colectiva, como así también; instalaciones en ambientes de trabajo en los que se desarrollen actividades con riesgos asociados a iluminación, ventilación, radiaciones, carga térmica, ruidos y vibraciones, incendios y/o explosiones, transporte y/o manipulación de materiales, contaminación y afluentes industriales.
Realiza el análisis, evaluación y control de situaciones en las que existen contaminantes químicos, biológicos, físicos y ergonómicos en ambientes laborales. Colabora en la implementación y desarrollo programas de trabajo en materia de higiene y seguridad laboral y programas de capacitación para la prevención y la protección de riesgos laborales.
Asiste en la caracterización de puestos de trabajo, en función de los riesgos laborales con intervención en la selección e ingreso de personal.
ÁREAS DE COMPETENCIA
- Planificar y organizar actividades relacionadas con la seguridad e higiene en ambientes de trabajo.
- Diseñar procesos, puestos de trabajo, dispositivos, instalaciones, equipos y productos, con un enfoque preventivo y ergonómico, para ser utilizados en ámbitos laborables.
- Gestionar los recursos de los servicios de seguridad e higiene de las organizaciones, confeccionando la documentación demandada por los organismos de fiscalización correspondientes.
- Evaluar y controlar, realizando los procesos de medición y supervisión, de los aspectos relacionados con la higiene y seguridad en el trabajo.
- Capacitar en la prevención de riesgos y enfermedades profesionales, coordinando acciones con los distintos sectores de la organización productiva.
Enlace a Resolución N° 320/13